¡BIENVENIDOS!

Este blog tiene por objeto acercar a los alumnos y docentes en el proceso de enseñanza-aprendizaje mutuo en la Universidad Nacional de José C. Paz (UNPAZ).

El camino que recorreremos juntos es uno de los tantos que conforman el plan de estudios de la UNPAZ, y deseamos que al concluirlo nos hayamos enriquecido mutuamente y, especialmente, les signifique un aporte para su futuro crecimiento profesional.

Nuestro enfoque a la enseñanza del Análisis Jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación parte de la premisa fundamental de que la enseñanza del derecho no consiste en dar respuestas únicas y supuestamente ciertas, sino en formular las preguntas correctas y construir –en forma conjunta, entre docentes y estudiantes– posibles respuestas. Por ello, entendemos que no corresponde el diseño de un curso de este tipo en base a los contenidos teóricos que los alumnos deberán aprender, conocer o saber de memoria o en forma enciclopédica; sino que está formulado en términos de aptitudes o habilidades jurídicas.

En este sentido, consideramos que los objetivos propuestos deben apuntar básicamente a formar profesionales del derecho que, independientemente de las distintas variantes que elijan para su desempeño profesional, posean herramientas para entender y reflexionar críticamente sobre el derecho, y los valores e intereses que subyacen detrás de él; para pensar y diseñar soluciones a problemas concretos; y para transmitir, de forma clara y entendible para cualquier persona –no sólo para otros profesionales del derecho– su opinión razonada sobre un tema jurídico. En particular, creemos que este curso de Análisis Jurisprudencial de la CSJN debe procurar entrenar a los alumnos para que puedan:

1º) percibir al derecho como un todo;
2º) pensar como abogados, distinguiendo, en la problemática jurídica, los hechos, los conflictos institucionales, los valores, los intereses y las normas implicadas;
3°) diferenciar el holding del obiter dictum en las sentencias;
4º) desprenderse del “mito de la solución correcta”, comprendiendo que no es posible descubrir y comprobar la única “solución correcta” para un caso de derecho (aún en el hipotético caso de que dicha solución existiera), sino que existen argumentos y/o interpretaciones jurídicas más o menos convincentes y, a lo sumo, algunos puntos doctrinarios cuya aplicación es comúnmente aceptada;
5°) reconocer que lo más importante en el ejercicio profesional del abogado es que encuentre los problemas legales relevantes cuando se enfrenta a una situación fáctica (sapere vedere), que, en definitiva, sepa cómo esgrimir argumentos legales (sapere aude), y que esté consciente de los valores alentados y afectados por la decisión que pide del tribunal o del órgano administrativo, según corresponda;
6º) reflexionar sobre el papel de los abogados como “ingenieros legales”, que ayudan a los tribunales y a los órganos administrativos, a desarrollar soluciones innovadoras;
7°) reconocer que cuando los jueces se esconden atrás del mito de que son meramente “la boca de la ley”, el resultado es la repetición de dogmatismos, sin poner en foco en cómo los principios invocados están vinculados con valores y realidades sociales;
8°) tomar conciencia de que el derecho, como fuerza dinámica, solamente va a ser realizado cuando el proceso de interpretación de normas esté sujeto al debate y escrutinio estricto, y cuando los órganos competentes para la toma de decisiones expresen sus motivaciones valorativas, es decir, cuando expliciten las verdaderas razones de sus decisiones;
9º) entrenarse en la búsqueda de material jurídico, ya sea en bibliotecas, hemerotecas, bases jurídicas digitales, etc., con el objetivo de encontrar la información teórica –normas, jurisprudencia, doctrina– que se refiera a los aspectos que cada caso contiene; identificarla y discriminarla según su relevancia y, desde luego, analizarla y aplicarla;
10º) identificar y analizar la razonabilidad de toda norma general o particular en un caso concreto, y la razonabilidad intrínseca de la solución del caso, con independencia de la “norma positiva”; como, finalmente, la razonabilidad de todos los demás aspectos no jurídicos en apariencia, que el caso presente.


Esperamos que disfruten el Curso, y que este espacio virtual sirva para responder sus inquietudes e intercambiar ideas.

Todo este material y más herramientas de intercambio, ya están disponibles en el Campus Virtual de la UNPAZ. Mantendremos este espacio durante un tiempo limitado, por lo que recomendamos el uso del Campus Virtual de la Universidad: https://campusvirtual.unpaz.edu.ar/

Federico G. THEA – Marzo de 2018.

DOCENTES DE LA CÁTEDRA:
Leonardo LIMANSKI
Alejandro GARCÍA
Darío KUSINSKY
Gonzalo KODELIA
Belén DONZELLI
Fabio SÁNCHEZ
Ariana GARRIDO
Demian IGLESIAS SEIFERT
Juan STINCO
Juan José CARBAJALES
Santiago PÉREZ TERUEL
Noelia FERNÁNDEZ



PROGRAMA 2018




“Análisis Jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”
Programa del Curso – Año 2018



profesor Titular:
Federico G. THEA

DOCENTES A CARGO DE LOS CURSOS:


Juan José CARBAJALES
Belén DONZELLI
Alejandro GARCÍA
Ariana GARRIDO
Demián IGLESIAS SEIFERT
GONZALO Kodelia
Darío KUSINSKY
Leonardo LIMANSKI
Santiago PÉREZ TERUEL
Fabio SÁNCHEZ
JUAN STINCO
NOELIA FERNÁNDEZ



MODALIDAD DE EVALUACIÓN:
Se tomarán tres (3) exámenes parciales durante el año, que serán escritos y presenciales.
·      El primer parcial será en el primer cuatrimestre, y abarcará los contenidos de las Unidades 1 y 2 del Programa.
·      El segundo parcial será en el segundo cuatrimestre, y será sobre el análisis de un (1) fallo de los incluidos en el Programa del curso, que se le indicará a cada alumno al final del primer cuatrimestre.
·      El tercer parcial será en el segundo cuatrimestre, y abarcará los contenidos de las Unidades 6 a 8 del Programa.

En caso de tener que rendir examen final, se evaluarán todas las unidades estudiadas durante el curso.

MATERIAL DEL CURSO:
Campus Virtual UNPAZ: https://campusvirtual.unpaz.edu.ar
Skydrive: entrar a través del blog: http://analisiscsjn.blogspot.com.ar/
Fotocopiadora (UNPaz, Planta Baja)
e-mail de consultas: analisisunpaz@gmail.com


PRIMER CUATRIMESTRE
UNIDAD 1:
EL ROL INSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA

CONTENIDO:
1)    Naturaleza y funciones generales del Poder Judicial Nacional. Ley 27: el concepto de “caso contencioso”. La legitimación.
2)    La organización judicial argentina en el orden federal. La Corte Suprema de Justicia de la Nación: poder del Estado y tribunal de resolución de conflictos. La Supremacía de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
3)    Integración de la Corte Suprema: la Ley Nº 26.183. Requisitos para integrar la Corte Suprema. Procedimiento para el nombramiento de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Marco normativo para la preselección de candidatos para la cobertura de vacantes. El Decreto Nº 222/03.
4)    El juramento. Alcance de sus obligaciones. El Presidente de la Corte Suprema. Facultades reglamentarias de la CSJN.
5)    Las funciones constitucionales de la Corte Suprema: La supremacía de la Constitución Nacional. La Intérprete final de la Constitución. Partícipe del proceso político.

MATERIAL DE LECTURA OBLIGATORIA:
·      Thea, Federico G. et al, “Análisis Jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Parte General”, Buenos Aires, EDUNPAZ, 2017, Capítulo 1, Punto I. Introducción.
·      Constitución Nacional: artículos 99 inc. 4), y 108  a 113.
·      Leyes 27 y  26.183.
·      Decreto Nº 222/03.
·      CSJN, “Halabi, Ernesto c. P.E.N. Ley 25.873 - dto. 1563/04 s/amparo”, sentencia del 24/02/2009, Fallos 332:111, disponible en Thea, Federico G. et al, “Análisis Jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Parte General”, Buenos Aires, EDUNPAZ, 2017, Capítulo 1, Punto II. 1.
·      CSJN “Colegio de Abogados de Tucumán c/ Honorable Convención Constituyente de Tucumán y otro”, sentencia del 14/04/2015, Fallos 338:28022, disponible en Thea, Federico G. et al, “Análisis Jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Parte General”, Buenos Aires, EDUNPAZ, 2017, Capítulo 1, Punto II. 2.

MATERIAL DE LECTURA OPTATIVA
·      CSJN, “Fayt, Carlos Santiago c/ Estado Nacional s/ proceso de conocimiento.”, sentencia del 19/08/1999, Fallos 322: 1616, disponible en Thea, Federico G. et al, “Análisis Jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Parte General”, Buenos Aires, EDUNPAZ, 2017, Capítulo 1, Punto II. 3.
·      CSJN, “Schiffrin, Leopoldo Héctor c/ Poder Ejecutivo Nacional”, SC, 5.159, L.XLVIII, sentencia del 28/03/2017, disponible en Thea, Federico G. et al, “Análisis Jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Parte General”, Buenos Aires, EDUNPAZ, 2017, Capítulo 1, Punto II. 4.

UNIDAD 2:
EL CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD

CONTENIDO:
1)    Modalidades del control de constitucionalidad. Control concentrado y control difuso.
2)    El control de convencionalidad. El control de constitucionalidad de oficio.
3)    Justificaciones del control de constitucionalidad. Introducción a la problemática del control de constitucionalidad: la “dificultad contramayoritaria”. Efectos inter partes y erga omnes. Las cuestiones políticas no justiciables.  
4)    La importancia de la jurisprudencia de la Corte Suprema.
5)    El poder político del Poder Judicial y sus límites en una democracia.

MATERIAL DE LECTURA OBLIGATORIA:
·      Thea, Federico G. et al, “Análisis Jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Parte General”, Buenos Aires, EDUNPAZ, 2017, Capítulo 2, Punto I. Introducción.
·      CSJN, “Cerámica San Lorenzo”, sentencia del 30/09/1976, disponible en Thea, Federico G. et al, “Análisis Jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Parte General”, Buenos Aires, EDUNPAZ, 2017, Capítulo 2, Punto II. 1.
·      CSJN, “Rodríguez Pereyra, Jorge Luis y otra c. Ejército Argentino s/daños y perjuicios”, sentencia del 27/11/2012, disponible en Thea, Federico G. et al, “Análisis Jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Parte General”, Buenos Aires, EDUNPAZ, 2017, Capítulo 2, Punto II. 2.

MATERIAL DE LECTURA COMPLEMENTARIA:
·      Miller, Jonathan, “Control de constitucionalidad: El Poder Político del Poder Judicial y sus límites en una democracia”, Revista Jurídica El Derecho, 17/10/86.
·      Gargarella, Roberto, “La dificultad de defender el control judicial de las leyes”, Revista Isonomía, 1996, pp. 55-70. 
·      Bayón, Juan Carlos, “Derechos, democracia y constitución”, Revista Doxa, 2000, pp. 65-94.
UNIDAD 3:
CÓMO LEER UNA SENTENCIA

CONTENIDO:
1)    Saber leer: el comienzo y el final de una sentencia.
2)    La decisión jurídica. Cómo ubicar el objeto de un fallo.
3)    Cómo “descubrir” un fallo. Descripción y razonamiento fáctico y jurídico.
4)    Lo que un fallo dice de más y de menos.
5)    Holding y Obiter dictum

MATERIAL DE LECTURA OBLIGATORIA:
      Gordillo, Agustín, Introducción al derecho, Capítulo V, La Ley, Buenos Aires, 2007. Disponible en http://www.gordillo.com/iad.php





UNIDAD 4:
ANÁLISIS DE CASOS (I): LOS PRINCIPIOS DE RAZONABILIDAD E IGUALDAD EN LA JURISPRUDENCIA DE LA CSJN.

CONTENIDO:
1)    Los criterios clásicos del control de razonabilidad. El escrutinio estricto ante las categorías sospechosas. Las acciones afirmativas. 
2)    El alcance del control judicial. El caso de la sustitución de los actos estatales por el juez.

MATERIAL DE LECTURA OBLIGATORIA:
·      CSJN, “Castillo, Carina Viviana y otros c/ Provincia de Salta – Ministerio de Educación de la Provincia de Salta s/ amparo”, sentencia del 12/12/2017.
·      Amicus Curiae presentado por la Universidad Nacional de José C. Paz en el marco de la causa Castillo, Carina Viviana y otros c/ Provincia de Salta – Ministerio de Educación de la Provincia de Salta s/ amparo”. Disponible en http://cjys.unpaz.edu.ar/sites/default/files/Presentación Amicus.pdf
·      CSJN, “Arenzón, Gabriel D. c. Gobierno nacional, Ministerio de Educación -Dirección Nacional de Sanidad Escolar”, sentencia del 15/05/1984, Fallos 306:400.
·      CSJN, “Hooft, Pedro C. F. c. Provincia de Buenos Aires”, sentencia del 16/11/2004, Fallos 327:5118.

MATERIAL DE LECTURA COMPLEMENTARIA:
      Saba, Roberto, “(Des)igualdad estructural”, en Alegre, Marcelo y Gargarella, Roberto (coords.), El Derecho a la Igualdad. Aportes para un constitucionalismo igualitario, Lexis Nexis, Buenos Aires, 2007.

UNIDAD 5:
ANÁLISIS DE CASOS (II): LA AUTONOMÍA PERSONAL EN LA JURISPRUDENCIA DE LA CORTE SUPREMA.

CONTENIDO:
1)    El principio de reserva. Concepto. Su importancia como límite al poder público.
2)    Los límites de la interferencia estatal: paternalismo y perfeccionismo.
3)    El caso de la tenencia de estupefacientes para consumo personal.
4)    El caso del aborto. La judicialización de reclamos de derechos de las mujeres.
5)    El caso de la objeción de conciencia. La libertad de conciencia y de religión. Contenido. La cuestión de los “Testigos de Jehová”. Los límites a la objeción de conciencia.

MATERIAL DE LECTURA OBLIGATORIA:
·      Constitución Nacional: artículo 19.
·      CSJN, “Arriola, Sebastián y otros s/ Causa N° 9080”, sentencia del 25/08/2009, Fallos 332:1963.
·      CSJN, “F., A. L. s/medida autosatisfactiva”, sentencia del 13/03/2012, F. 259. XLVI.
·      CSJN, “Albarracini Nieves, Jorge Washington s/ Medidas precautorias”, sentencia del 01/06/2012.
MATERIAL DE LECTURA COMPLEMENTARIA:
·      Gargarella, Roberto, “Arriola según la Corte: Un modesto y bienvenido avance,” El Dial (14 de septiembre del 2009).
·      Gargarella, Roberto - Bertomeu, Juan, “Consumo de estupefacientes: Reflexiones en torno a un fallo necesario”, El Dial (19 de marzo del 2009)
·      Ramón Michel, Agustina, “¿Hay derecho a la custodia? Las mujeres y el aborto, JA 2012-III, fascículo 2, pp. 63-78.


SEGUNDO CUATRIMESTRE

UNIDAD 6: ADMINISTRACIÓN DEL PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN


CONTENIDO: 
1)    Facultades del Consejo de la Magistratura. El rol político del Consejo de la Magistratura. 
2)    Integración del Consejo de la Magistratura y modos de elección de los consejeros. 
3)    El concepto de “equilibrio” para la integración del Consejo de la Magistratura previsto en el artículo 114 de la Constitución Nacional. 
4)    La elección por sufragio de los integrantes del Consejo de la Magistratura: ¿una cuestión de interpretación constitucional o de evaluación política? 
5)    El rol de los jueces en los conflictos políticos. 

MATERIAL DE LECTURA OBLIGATORIA: 
·      Thea, Federico G. et al, “Análisis Jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Parte General”, Buenos Aires, EDUNPAZ, 2017, Capítulo 6, Punto I. Introducción.
·      Artículo 114 de la Constitución Nacional 
·      Leyes 24.937, 26.080 y 26.855. 
·      CSJN, “Rizzo, Jorge Gabriel (apoderado Lista 3 Gente de Derecho) c. Poder Ejecutivo Nacional, ley 26.855, medida cautelar s/ acción de amparo.” Sentencia del 26/06/2013, disponible en Thea, Federico G. et al, “Análisis Jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Parte General”, Buenos Aires, EDUNPAZ, 2017, Capítulo 6, Punto II. 1.  
·      CSJN, “Uriarte, Rodolfo Marcelo y otro c/ Consejo de la Magistratura de la Nación s/ acción meramente declarativa de inconstitucionalidad.” Sentencia del 04 de Noviembre de 2015, disponible en Thea, Federico G. et al, “Análisis Jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Parte General”, Buenos Aires, EDUNPAZ, 2017, Capítulo 6, Punto II. 2.  


MATERIAL DE LECTURA OPTATIVA

·      Benente, M. (coord.), “Juicio a jueces y juezas”, Programa de Estudios sobre el Poder Judicial de la UNPaz. Disponible en: https://www.unpaz.edu.ar/sites/default/files/Programa%20Estudios%20sobre%20Poder%20Judicial.pdf
·      Thea, Federico G., “La elección de “jueces constitucionales” en las democracias actuales”, en Revista “Pensar en Derecho” n° 4, 2014, disponible en: http://www.derecho.uba.ar/publicaciones/pensar-en-derecho/revistas/4/la-eleccion-de-jueces-constitucionales-en-las-democracias-actuales.pdf 


UNIDAD 7:
LA COMPETENCIA ORIGINARIA DE LA CORTE SUPREMA


CONTENIDO:
1)    Jurisdicción de la Corte Suprema: Introducción. Diferencias entre la competencia originaria y la apelada.
2)    Características de la Competencia Originaria de la CSJN.
3)    Los casos de competencia originaria y exclusiva de la CSJN: (i) asuntos concernientes a embajadores, ministros y cónsules extranjeros; (ii) asuntos en los que alguna provincia fuese parte.
4)    La competencia originaria y la situación de la Ciudad de Buenos Aires.
5)    El concepto de “causa civil” para la determinación de la competencia originaria de la Corte Suprema.

MATERIAL DE LECTURA OBLIGATORIA:
·      Thea, Federico G. et al, “Análisis Jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Parte General”, Buenos Aires, EDUNPAZ, 2017, Capítulo 3, Punto I. Introducción.
·      Constitución Nacional: artículos 116 y 117.
·      Decreto-ley 1285/58: artículo 24.
·      CSJN, “Sojo, Eduardo c. Cámara de Diputados de la Nación”, sentencia del 22/09/1887, Fallos 32:120, disponible en Thea, Federico G. et al, “Análisis Jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Parte General”, Buenos Aires, EDUNPAZ, 2017, Capítulo 3, Punto II. 1.  
·      CSJN, “Barreto, Alberto D. y otra c. Provincia de Buenos Aires y otro”, sentencia del 21/03/2006, Fallos 329:759, disponible en Thea, Federico G. et al, “Análisis Jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Parte General”, Buenos Aires, EDUNPAZ, 2017, Capítulo 3, Punto II. 2.
·      CSJN, “Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires c. Provincia de Tierra del Fuego”, sentencia del 18/12/2007, Fallos 330:5279, disponible en Thea, Federico G. et al, “Análisis Jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Parte General”, Buenos Aires, EDUNPAZ, 2017, Capítulo 3, Punto II. 3. 
·      CSJN, “Competencia CCC 76l4/20l5/CNC1-cal Corrales, Guillermo Gustavo”, sentencia del 09/12/2015, disponible en Thea, Federico G. et al, “Análisis Jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Parte General”, Buenos Aires, EDUNPAZ, 2017, Capítulo 3, Punto II. 4.

UNIDAD 8:
LA COMPETENCIA APELADA DE LA CORTE SUPREMA

CONTENIDO:
1)    La competencia federal ordinaria. Características y materias. El Recurso Ordinario.
2)    La competencia extraordinaria de la Corte Suprema. El Recurso Extraordinario: Requisitos comunes y específicos. La Acordada 4/2007: Reglamento sobre los Escritos de Interposición del Recurso Extraordinario y del Recurso de Queja por denegación de aquél.
3)    La interrelación entre los recursos ordinario y extraordinario ante la Corte Suprema
4)    El recurso extraordinario por salto de instancia (“per saltum”). La Ley Nº 26.790.
5)    La queja por denegación de recursos ante la Corte Suprema.

MATERIAL DE LECTURA OBLIGATORIA:
·      Thea, Federico G. et al, “Análisis Jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Parte General”, Buenos Aires, EDUNPAZ, 2017, Capítulo 4, Punto I. Introducción.
·      CSJN, “Itzcovich, Mabel c. Administración Nacional de la Seguridad Social”, sentencia del 29/03/2005. Fallos 328:566, disponible en Thea, Federico G. et al, “Análisis Jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Parte General”, Buenos Aires, EDUNPAZ, 2017, Capítulo 4, Punto II. 1.
·      CSJN, 494/2013 (49-A)/CS1 R.O. Anadon, Tomás Salvador e/ Comisión Nacional de Comunicaciones s/ despido, entencia del 20 de Agosto de 2015, disponible en Thea, Federico G. et al, “Análisis Jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Parte General”, Buenos Aires, EDUNPAZ, 2017, Capítulo 4, Punto II. 2.
·      CSJN. “Estado Nacional Jefatura de Gabinete de Ministros s/ interpone recurso extraordinario por salto de instancia en autos: "Grupo Clarin S.A. s/ medidas cautelares expte. n° 8836/09", sentencia del 10/12/2012, disponible en Thea, Federico G. et al, “Análisis Jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Parte General”, Buenos Aires, EDUNPAZ, 2017, Capítulo 4, Punto II. 3.
·      Constitución Nacional: artículos 116 y 117.
·      Leyes 48 y 4055.
·      Decreto-ley 1285/58: artículo 24.
·      Código Procesal Civil y Comercial de la Nación: artículos 254 a 258, 280, 281 y 285 a 287.

UNIDAD 9:
ANÁLISIS DE CASOS (III): EL CONTROL CONSTITUCIONAL DE LAS FACULTADES DEL PODER EJECUTIVO EN LA JURISPRUDENCIA DE LA CSJN.

CONTENIDO:
1)    La potestad reglamentaria del Poder Ejecutivo: los reglamentos. Concepto y clasificación.
2)    Delegación legislativa: el principio prohibitivo. Las excepciones: materias determinadas de administración o de emergencia pública.
3)    Las bases de la delegación: pautas para su establecimiento, y para su posterior control judicial.
4)    Decretos de necesidad y urgencia. el principio prohibitivo. Excepciones: circunstancias excepcionales que hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la Constitución para la sanción de las leyes. Materias excluidas. Requisitos formales y sustanciales para su dictado. Su control judicial.
5)    El control parlamentario de los decretos delegados y de necesidad y urgencia. La Ley Nº 26.122.

MATERIAL DE LECTURA OBLIGATORIA:
·      Thea, Federico G. et al, “Análisis Jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Parte General”, Buenos Aires, EDUNPAZ, 2017, Capítulo 5, Punto I. Introducción.
·      Constitución Nacional: artículos 76 y 99 inc. 3º.
·      Ley Nº 26.122.
·      CSJN, “Colegio Público de Abogados de Capital Federal c. Estado Nacional”, sentencia del 04/11/2008, Fallos 331:2406, disponible en Thea, Federico G. et al, “Análisis Jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Parte General”, Buenos Aires, EDUNPAZ, 2017, Capítulo 5, Punto II. 1.
·      CSJN, “Consumidores Argentinos c/ Estado Nacional – Poder Ejecutivo Nacional –Dto. 558/02-SS – ley 20.091”, sentencia del 19/05/2010, Fallo C.923.XLIII, disponible en Thea, Federico G. et al, “Análisis Jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Parte General”, Buenos Aires, EDUNPAZ, 2017, Capítulo 5, Punto II. 2.
·      CSJN, “Camaronera Patagónica SA c. Ministerio de Economía y otros s/amparo”, Fallos C. 486. XLIII sentencia del 15/04/2014, CSJN, “Colegio Público de Abogados de Capital Federal c. Estado Nacional”, sentencia del 04/11/2008, Fallos 331:2406, disponible en Thea, Federico G. et al, “Análisis Jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Parte General”, Buenos Aires, EDUNPAZ, 2017, Capítulo 5, Punto II. 3.

UNIDAD 10:
ANÁLISIS DE CASOS (IV): LA RELACIÓN ENTRE EL DERECHO INTERNO Y EL DERECHO INTERNACIONAL EN LA JURISPRUDENCIA DE LA CSJN

CONTENIDO:
1)    Fuentes del derecho internacional. El artículo 38 del Estatuto de la CIJ.
2)    La relación entre el derecho interno y el derecho internacional. Teorías monista y dualista.
3)    La Constitución Nacional Argentina: El “Bloque de Constitucionalidad Federal”. La aplicación de los tratados internacionales de derechos humanos en el ámbito interno. Evolución jurisprudencial. El “control de convencionalidad”.
4)    Obligatoriedad de las sentencias de la Corte IDH y los informes de la Comisión IDH.

MATERIAL DE LECTURA OBLIGATORIA:
·      Constitución Nacional. Artículos 27, 31 y 75. inc. 22 y 24.
·      Thea, Federico – Senes, Emiliano, “Jerarquía normativa en el ordenamiento jurídico argentino”. En prensa.
·      CSJN, “Carranza Latrubesse, Gustavo c/ Estado Nacional”, sentencia del 6/08/2013.
·      Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto -  informe sentencia dictada en el caso 'Fontevecchia y D'Amico vs. Argentina' por la Corte Interamericana de Derechos Humanos", fecha 14 de febrero de 2017, Fallo CSJ 368/1998 (34-M).

MATERIAL DE LECTURA OPTATIVA:
·      Presentación de Victor Abramovich y Belén Donzelli en el Seminario Permanente de Análisis Jurisprudencial de la UNPAZ, disponible en  https://seminariojurisprudencial.unpaz.edu.ar/caso-fontevecchia/
·      Donzelli, Belén, “A propósito del caso "Fontevecchia", ¿un mal día para el Sistema Interamericano de Derechos Humanos?”, LL 2017-C, - Sup. Adm.2017 (mayo), 8.